Qué hacer cuando fallece un familiar: trámites paso a paso

Respuesta rápida

Cuando fallece un familiar, lo primero es obtener el certificado médico de defunción y avisar a la funeraria o, si hay seguro de decesos, al teléfono de asistencia de la póliza. Después llegan los trámites con el Registro Civil, las pensiones, los bancos y la herencia, algunos con plazos.

Perder a un ser querido es un momento muy duro, y los trámites llegan justo cuando menos apetece ocuparse de ellos. Esta guía resume el orden habitual para que sepas qué hacer y qué puede esperar. Es información general: los detalles pueden variar según la comunidad autónoma.

Primeros pasos: las primeras horas

  1. Certificar el fallecimiento. Un médico debe emitir el certificado médico de defunción. Si el fallecimiento ocurre en casa, se avisa al servicio de emergencias o a un médico.
  2. Avisar a la funeraria o a la aseguradora. Si existe un seguro de decesos, se llama al teléfono de asistencia que figura en la póliza: la aseguradora organiza el servicio y se encarga de buena parte de las gestiones.
  3. Decidir el tipo de despedida. Entierro o incineración, ceremonia y lugar. Si la persona dejó indicada su voluntad, conviene respetarla.

Los trámites de los primeros días

Los trámites de las semanas siguientes

La herencia

La herencia se tramita ante notario una vez conocido el testamento o, si no lo hay, con la declaración de herederos. El plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es, en general, de seis meses desde el fallecimiento, aunque cada comunidad autónoma aplica sus propias reglas. Es recomendable consultarlo con un notario o un gestor.

Cómo ayuda tener un seguro de decesos

Con un seguro de decesos, la aseguradora pone a disposición de la familia un servicio de asistencia inmediato: organiza el funeral, se encarga de muchos de los trámites y evita que la familia tenga que adelantar los gastos. Puedes ver qué cubre un seguro de decesos y en qué se diferencia de un seguro de vida.

Preguntas frecuentes

Obtener el certificado médico de defunción y avisar a la funeraria o, si hay seguro de decesos, al teléfono de asistencia de la póliza.

Normalmente la funeraria. Si hay seguro de decesos, la aseguradora suele gestionarlo como parte del servicio.

El Impuesto de Sucesiones suele presentarse en seis meses desde el fallecimiento, con particularidades por comunidad autónoma. Conviene consultarlo con un notario o gestor.

Información de carácter general y orientativo. Las coberturas, carencias, plazos y condiciones concretas dependen de cada caso y figuran en la póliza o en la normativa aplicable.

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